¿Quien puede utilizar los servicios del laboratorio?

Aquellos fabricantes y/o importadores de objetos fabricados con metales preciosos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo de 2 del decreto 86/2009, de 27 de noviembre, de la dirección general de industria del Govern de les Illes Balears.

Procedimiento a seguir

El procedimiento de utilización del servicio por parte del fabricante/importador consta de los siguientes pasos:

  1. Presentar la documentación detallada en el artículo 2 del decreto 86/2009, en el caso de ser importador además deben adjuntar el DUA, CONDUCE y fotocopia de la factura donde deberá constar el tipo de metal, el peso y el número de piezas.
  2. Depositar los artículos de joyería en el Laboratorio ya marcados con el punzón del fabricante (contraste de origen). En el caso de artículos importados de países no comunitarios los paquetes deberán enviarse directamente al laboratorio y, en caso de recibirlo el importador, serán entregados al laboratorio con el precinto original, sin que hayan sido abiertos. En este caso, el punzonado con la marca de fabricante (marca de origen) se realizará en las instalaciones del laboratorio.